Todos los planes de seguros de salud de Elma incluyen Cobertura Médica en el Extranjero, para que tengas todo lo que necesitas también mientras viajas.
Ten en cuenta que este plan está diseñado para viajes de menos de 90 días, por lo que cualquier otro caso, quedará excluido de esta cobertura.
1. Condiciones de las garantías
En caso de enfermedad sobrevenida o accidente acaecido con carácter imprevisto en el transcurso de un viaje por el extranjero, se garantiza hasta el límite de €12.000 por cada asegurado, los gastos derivados de:
- Honorarios Médicos.
- Medicamentos recetados por un médico o cirujano.
- Gastos de hospitalización.
- Gastos de Ambulancia ordenados por un médico para un trayecto local.
- Gastos Odontológicos considerados de urgencia. Excluidos la endodoncia, reconstrucciones estéticas de tratamientos anteriores, prótesis, fundas e implantes, hasta un límite de 60,10€.
- Estancia hotelera por enfermedad: Cuando la naturaleza de la enfermedad sobrevenida o accidente te imposibiliten continuar el viaje, y no fuera necesario el ingreso en clínica o centro hospitalario, se te abonarán los gastos que se deriven de la prolongación de estancia en hotel, prescrita por un médico, hasta un límite de 60,10€/día con un máximo de 10 días.
- Repatriación: Cuando el servicio médico autorice el traslado del asegurado a un centro hospitalario mejor equipado o especializado cerca de su domicilio habitual en España, se efectuará dicho traslado según la gravedad del mismo. Sólo se tendrán en cuenta las exigencias de orden médico para elegir el medio de transporte y el hospital donde deberás ser ingresado. Si el asegurado se negase a ser trasladado en el momento y condiciones determinadas por el servicio médico, se suspenderán automáticamente todas las garantías y gastos resultantes a consecuencia de esa decisión. El transporte se realizará mediante:
- Avión sanitario especial (sólo se empleará en el ámbito geográfico de Europa y países ribereños del Mediterráneo.)
- Tren de primera clase.
- Helicóptero sanitario.
- Ambulancia.
- Avión de línea regular.
- Familiar acompañante: Si durante el viaje, tienes que estar hospitalizado más de cinco días y ningún familiar directo se encuentra a su lado, pondremos un billete de avión línea regular (en clase turista) o tren (en primera clase) ida y vuelta, a disposición de un acompañante desde tu domicilio habitual en España.
- Gastos estancias acompañante: Si durante el viaje, tienes que estar hospitalizado más de cinco días y ningún familiar directo se encuentra a su lado, abonaremos en concepto de gastos de estancia, el alojamiento en hotel, previa presentación de las facturas originales correspondientes hasta un límite de 60,10€/día, y hasta un máximo de 10 días.
- Transporte de restos mortales: En caso de fallecimiento durante un desplazamiento cubierto en el presente contrato, se organizará el transporte de los restos mortales hasta el lugar de inhumación en España, dentro del término municipal de su domicilio habitual, así como los gastos de embalsamamiento, ataúd mínimo obligatorio y formalidades administrativas. En ningún caso se extiende esta cobertura a los gastos de pompas fúnebres e inhumación.
- Envío de medicamentos al extranjero: En caso de que necesites un medicamento que no pueda adquirirse en el lugar donde te encuentres, nos encargaremos de localizarlo y enviártelo por el medio más rápido y con sujeción a la legislación local.
Tendrás que reembolsar a la presentación de la factura, por el precio del medicamento.
Quedan excluidos los casos de abandono de la fabricación del medicamento y su no disponibilidad en los canales de distribución en España y aquellos para los que exista un medicamento con el mismo principio activo en el país donde se encuentra el Asegurado.
- Comunicación con familiares: Información o comunicación a la familia en caso de enfermedad grave o accidente corporal. Si como asegurado te encuentras en un desplazamiento por el extranjero por motivos de estudios o trabajo y sufrieses una enfermedad grave o accidente corporal, nos encargamos de ponernos en contacto con tu familia y mantenerla informada de tu evolución. Es posible que debamos solicitar los documentos oportunos y necesarios para poder llevar esta acción a cabo.
2. Límites de la cobertura
Ten en cuenta que existen estos límites en el uso de esta cobertura:
- Duración del viaje de menos de 90 días.
- Cobertura total anual por asegurado de 12.000€. El gasto total es por año, no por viaje.
- La cobertura es válida para cualquier viaje fuera del domicilio habitual, y siempre fuera de España. Se entenderá que te encuentras fuera de tu domicilio habitual si estás a más de 35km de tu domicilio (15km para residentes en Baleares).
- Si los países que visitas están en guerra, insurrección o conflictos bélicos hayan sido o no debidamente declarados, no estarás cubierto.
- Los reembolsos por debajo de 50€ no estarán cubiertos.
3. ¿Cómo usarlo?
Tan pronto como te encuentres con una necesidad médica mientras estás en el extranjero, debes ponerte en contacto con nosotros para que te demos instrucciones. Esta se la mejor forma de usar el seguro siempre, ya que podremos guiarte para que te dirijas al centro concertado más cercano, sin que tengas que gastarte nada de tu bolsillo y para que seas atendido por el mejor profesional. A demás, así, tu equipo médico de Elma podrá acompañarte durante todo el proceso. Este seguro funciona siempre con autorización previa, de modo que cualquier gasto médico que incurras sin previamente haberte puesto en contacto con Elma podría quedar excluido. Puedes hacerlo siempre por teléfono o a través de nuestra app.
En caso de que desde Elma no hayamos intervenido directamente, y para que los gastos médicos que incurras sean reembolsables, tendrás que presentar las correspondientes facturas originales, acompañadas del informe médico completo, con sus antecedentes, diagnóstico y tratamiento, que permita establecer el carácter de la enfermedad sobrevenida.
Por supuesto, muchas veces resulta imposible contactar con nosotros a tiempo, lo sabemos. En caso de fuerza mayor que impida realizar este aviso, deberá efectuarse inmediatamente a que cese la causa que lo impida.
Ten en cuenta que es probable que te solicitemos que acredites que estás de viaje, mostrando tu billete de avión y otros medios de transporte, de modo que tendrás que tenerlos a mano.
4. Exclusiones y excepciones
- Enfermedades, lesiones o afecciones preexistentes o crónicas, padecidas con anterioridad al inicio del viaje, así como aquellas que se manifiesten en el transcurso del mismo.
- Renuncia, retraso o adelanto voluntario por parte del asegurado al traslado sanitario propuesto por EUROP ASSISTANCE y acordado por su servicio médico.
- Enfermedades mentales, revisiones médicas de carácter preventivo (chequeos), curas termales, cirugía estética y aquellos casos en que el viaje tenga por objeto recibir tratamiento médico o intervención quirúrgica, tratamientos de medicinas alternativas (homeópatas, naturistas, etc), los gastos derivados de tratamientos fisioterapéuticos y/o rehabilitadores, así como aquellos afines a estos.
- Así mismo, queda excluido el diagnóstico, seguimiento y tratamiento del embarazo, interrupción voluntaria del mismo y partos, salvo que se trate de atención de carácter urgente, y siempre anterior al sexto mes.
- La participación del asegurado en apuestas, desafíos o riñas.
- Las consecuencias derivadas de la práctica de deportes de invierno.
- La práctica de deportes en competición o competición motorizada (carrera o rally), así como la práctica de actividades peligrosas o de riesgo enumeradas a continuación: boxeo, halterofilia, lucha (en sus distintas clases), artes marciales, alpinismo con acceso a glaciares, deslizamiento en trineos, inmersión con aparatos respiratorios, espeleología y esquí con saltos de trampolín.
- Deportes aéreos en general.
- Deportes de aventura, tales como rafting, puenting, hidrospeed, barranquismo y similares. En estos casos EUROP ASSISTANCE solo intervendrá y tomará a su cargo, los gastos producidos por el Asegurado desde el momento en que éste se encuentre bajo tratamiento en un centro médico.
- Suicidio, intento de suicidio o autolesiones del asegurado.
- Rescate de personas en montaña, sima, mar o desierto.
- Las enfermedades o accidentes derivados del consumo de bebidas alcohólicas, estupefacientes, drogas o medicamentos, salvo que éstos últimos hayan sido prescritos por un médico.
- Actos dolosos del tomador/ asegurado/ causahabientes.
- Epidemias y/o enfermedades infecciosas de aparición repentina y propagación rápida en la población, así como las provocadas por una polución y/ o contaminación atmosférica.
- Guerras, manifestaciones, insurrecciones, movimientos tumultuosos populares, actos de terrorismo, sabotajes y huelgas, estén o no declaradas oficialmente. La transmutación del núcleo del átomo, así como de las radiaciones provocadas por la aceleración artificial de partículas atómicas. Movimientos telúricos, inundaciones, erupciones volcánicas y, en general los que procedan del desencadenamiento de las fuerzas de la naturaleza. Cualquier otro fenómeno de carácter catastrófico extraordinario o acontecimiento que por su magnitud o gravedad sean calificados como catástrofe o calamidad.
- El traslado sanitario de enfermos o heridos originado por afecciones o lesiones que puedan tratarse “in situ”.
- Los gastos de gafas y lentillas, así como la adquisición, implantación, sustitución, extracción y/o reparación de prótesis, piezas anatómicas y ortopédicas de cualquier tipo tales como collarín.
- El reembolso de los gastos médicos, quirúrgicos y farmacéuticos cuyo importe sea inferior a 50€.
5. Prestador
Esta cobertura está presentada y gestionada por Europ Assistance.
Ten en cuenta que: Estos artículos son una simplificación de las condiciones generales de nuestros seguros, y se redactan con el fin de facilitar tu comprensión de las cláusulas. Las condiciones legalmente vinculantes están detalladas en las condiciones generales y particulares del seguro de salud que contrates.